Proceso de Acción Diferida para Jóvenes que no Representan Riesgo

Por los pasados tres años, el USCIS ha emprendido un esfuerzo sin precedente para transformar el sistema de cumplimiento de las leyes de inmigración en uno centrado en la seguridad pública, seguridad de los bordes y la integridad del sistema de inmigración. A medida que el Departamento de Seguridad Nacional (DHS, por sus siglas en inglés) continúa enfocando sus limitados recursos de seguridad en la deportación de individuos que representan un peligro a la seguridad nacional o un riesgo a la seguridad pública, incluyendo extranjeros convictos de crímenes, con particular énfasis en criminales violentos; convictos por delitos graves y ofensores reincidentes, DHS procederá a ejercer su discreción procesal para asegurar que los recursos para hacer cumplir la ley no son utilizados en casos de baja prioridad, como lo son aquellos individuos que fueron traídos a este país siendo menores sin responsabilidad propia que no han sido convictos por ninguna ofensa criminal, un delito menor de peso, o múltiples delitos menores, y que cumplan con otros criterios específicos.

Efectivo de inmediato, ciertas personas jóvenes que fueron traídas a Estados Unidos siendo menores sin responsabilidad propia y que cumplen con otros criterios específicos, serán consideradas para que se les detenga su deportación del país o evitar el comienzo de los procesos de deportación. Aquellos que puedan demostrar que cumplen con los criterios serán elegibles para recibir Acción Diferida por dos años, sujeta a renovación.

Solamente aquellos individuos que puedan probar mediante documentación de prueba que cumplen con esos criterios serán elegibles para la Acción Diferida. Los individuos no serán elegibles si no se encuentran actualmente en EE.UU. y no pueden probar que han estado físicamente presentes en el país por un período no menor de cinco años antecediendo la fecha inmediata de hoy. El uso de la discreción procesal no confiere ningún derecho fundamental o vía hacia la ciudadanía. Solamente el Congreso, por medio de su autoridad legislativa, puede conferir esos derechos.